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10 consejos para un viaje sin sorpresas. 1.-Leer detenidamente las condiciones de contratación. La publicidad tiene carácter contractual, por eso es importante revisar, "hasta la última página" tanto el folleto turístico y como el contrato que firmamos, para conocer con exactitud el servicio que realmente estamos contratando. Si, a pesar de las precauciones, el viaje no responde a lo prometido el usuario tiene derecho a una indemnización. 2.-
En una agencia se pueden contratar servicios sueltos o un "paquete" turístico. En este último caso, la agencia debe poner a disposición del público el programa y la oferta completa, en la que se facilite información sobre destinos, duración, precios, medios de transportes y alojamientos. 3.-
En relación a los hoteles, la mayoría de las quejas se refieren al temible "Overbooking" (falta de plazas). Para evitar sorpresas, es mejor enviar una señal por adelantado a condición de recibir una confirmación por escrito de la reserva. Exija su derecho a la información: los precios autorizados deben figurar en lugar visible. 4.-
Si en el hotel contrata "pensión completa" sepa que, por lo general, en el menú no se incluyen los vinos, los cafés o el agua mineral. Le recomendamos que pacte con la agencia de viajes un suplemento extra. Ya que, de no ser así, el hotel le facturará por su precio esas consumiciones, con el IVA aparte. 5.-
Si Vd. ha elegido alojarse en un apartamento, sepa que se debe firmar un contrato inicial. Es imprescindible conservar una copia para que sea posible reclamar. Los apartamentos turísticos deben cumplir unas normas mínimas en función de su categoría. En la publicidad deberá aparecer, de forma clara, los servicios incluidos. En todo caso, en el precio final siempre estarán comprendidos los suministros de agua, luz, gas, mobiliario, recogida de basuras y los servicios comunes (piscina, parking, parques infantiles). 6.- Las reclamaciones por retrasos en los transportes o problemas con los billetes son el tercer motivo de queja. En el caso del transporte aéreo, el usuario debe saber que, en caso de "overbooking" (venta de más plazas de las que admite un avión) la compañía aérea debe indemnizar al viajero. En caso de pérdida o deterioro del equipaje, comunicarlo inmediatamente a la Compañía y presentar la denuncia correspondiente a efectos de posibles indemnizaciones.
7.-
Para evitar intoxicaciones alimentarias vigile que, en restaurantes y cafeterías, los alimentos expuestos estén adecuadamente conservados y protegidos.
8.-
En los restaurantes los precios deben estar redactados en español y figurar tanto en el interior como en el exterior del establecimiento. Están obligados a entregar factura, detallando los conceptos y el precio. Ningún restaurante podrá cobrar cantidad alguna en concepto de "cubiertos" o "carta" sobre el total del precio. 9.-
Todos los restaurantes, independientemente de su categoría, deben tener a disposición de los clientes un "menú del día". 10.-
HOJAS de RECLAMACIONES. Dispondrán de ellas los establecimientos comerciales turísticos. El reclamante, una vez rellanada la hoja, deberá dejar una copia en el establecimiento y remitir el original a los organismos competentes en materia de consumo o turismo. Fuente:ceaccu.org
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