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Hipotecas paso a paso. Veamos los pasos tipicos de un particular que pide una hipoteca a un Banco o Caja de Ahorros para la compra de su vivienda. A. Qué cantidad pedir de préstamo Tenga en cuenta también que del precio de la vivienda se paga el 7% de IVA si es nueva y si es usada se paga el Impuestro de Transmisiones que suele ser también del 7% aunque puede variar en algunas Comunidades Autonomas. B. Comparar condiciones de varios bancos. C. Solicitar el préstamo a la entidad bancaria y obtener "la oferta vinculante". La oferta vinculante es un documento escrito que debe contener todas y cada una de las condiciones financieras del contrato. Aunque ya se haya incurrido en los gastos citados antes, es el momento de examinar cuidadosamente todas las condiciones para ver si son interesantes, y el cuadro de amortización para comprobar si podemos o no hacer frente a los pagos. La oferta vinculante tiene una duración mínima de 10 días, plazo que el cliente tiene para examinarla y aceptarla o rechazarla. A la hora de que nos concedan un préstamo, hay que tener en cuenta que el valor de la vivienda no es el único criterio para conceder el préstamo aunque sea el más importante; la solvencia de quien tiene que pagar también es muy importante. Al Banco le interesa, sobre todo, que se devuelva el préstamo con normalidad, aunque con la garantia hipotecaria del inmueble tiene la seguridad de que va a recuperar lo prestado. D. Escritura pública ante el Notario. El cliente también tiene derecho a examinar el proyecto de escritura en el despacho del Notario dentro de los 3 días hábiles anteriores a la firma y se pueda consultar al Notario cualquier duda. El otorgamiento de la escritura no es sólo firmar ante el Notario. El deudor puede pedir que se le deje leer la escritura o que el Notario la lea y le explique el contenido del préstamo hipotecario. Es el último momento para aclarar todas las dudas que se puedan tener antes de firmar, puesto que una vez firmada la Escritura de Prestamo ya no hay vuelta atrás. Hemos visto que se debe examinar el folleto informativo, la oferta vinculante, e incluso la escritura antes de la firma, pero también en este último momento se puede obtener el asesoramiento del Notario sobre cualquier duda. Eso sí, ese no es el momento de negociar con la entidad bancaria condiciones, puesto que estas ya deben estar fijadas con anterioridad en la oferta vinculante. Quienes firman en el Notario: el apoderado o apoderados del Banco, el/los que reciben el préstamo, el/los dueños del inmueble que se hipoteca (aunque los dueños suelen ser los mismos que los que reciben el préstamo). E. Inscripción del préstamo. Previamente se deberá liquidar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, 0'5% de la cantidad total garantizada (capital, intereses y costas), equivalente a aproximadamente al 1% de la cantidad prestada. Normalmente la entidad bancaria da el capital en el momento de la firma de la Escritura y es quien se ocupa de inscribir la Escritura en el Registro de la Propiedad. Fuente: hipotecas.es
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